De los testimonios que reforzaron la denuncia a las pericias psicológicas que comprobaron el daño provocado por Claudio Contardi. “Los abusos sexuales eran una parte más de su vida cotidiana, pero no era el único tipo de violencia que padecía”, remarcó el Tribunal
El calvario que Julieta Prandidenunció haber vivido durante los últimos años que estuvo en pareja con su ex esposo y padre de sus dos hijos, Claudio Contardi, fueron ratificados por la Justicia, luego de que el Tribunal Oral en lo Criminal N° 2 de Zárate-Campana condenara al empresario a 19 años de prisión por el delito de “abuso sexual con acceso carnal agravado por causar un grave daño en la salud mental de la víctima, de manera reiterada en concurso real entre sí”.
A lo largo del juicio celebrado entre el 6 y 8 de agosto, un total de 16 personas declararon ante los jueces Lucía Leiro, Daniel Répolo y Mariano Aguilar. Entre ellos, la propia Prandi y Contardi. Mientras que la denunciante sufrió una crisis emocional al finalizar su alegato y reiterar su pedido de justicia, la estrategia del acusado se mantuvo en decir que los hechos denunciados eran falsos.
Después de que las pruebas fueran analizadas, este miércoles el Tribunal resolvió condenar a Contardi. “Se ha reunido una cantidad de prueba contundente de cargo en contra del imputado la que he descrito precedentemente y que resulta concordante entre sí“, sostuvo la jueza Leiro al remarcar que no quedaban dudas de que el hecho había ocurrido ”tal como fuera descrito por la acusación”.
El fallo penal no solo ratificó la veracidad del relato de Prandi, sino que fue más allá y expuso la complejidad del caso. Aunque en el juicio solo estaba previsto juzgarse si su ex esposo era culpable de abuso sexual agravado y reiterado, la magistrada reconoció que hubo “un esquema planificado para evitar que la víctima pudiera disponer de herramientas subjetivas para salir de la situación en la que estaba envuelta y perpetrar los abusos con total impunidad“.
Los jueces resolvieron condenar al ex esposo de Julieta Prandi a 19 años de prisión
“El accionar del Sr. Contardi ha sido un trabajo minucioso y diagramado a socavar la personalidad de J.L.P. a un punto tal que los abusos sexuales eran una parte más de su vida cotidiana“, interpretó en el documento al que tuvo acceso Infobae, sobre los hechos sucedidos entre el 28 de julio de 2015 y marzo de 2018.
Y remarcó que “no era el único tipo de violencia que padecía la sexual, sino que esto formaba parte del cuadro de violencia de género que incluía la psicológica, física y la económica”. Una situación que consideraron que era percibida por diferentes personas de su entorno, pese a que entre ellas no compartieran círculos sociales.
“Resulta inverosímil pensar que todos ellos, familiares, amigos, amigas, compañeros de trabajo, empleada, su actual pareja se pongan de acuerdo y brinden un testimonio con la finalidad de perjudicar al imputado sin motivo alguno”, apuntó Leiro, tras echar por tierra el argumento de la defensa, en el que insistían en que la denunciante había mentido.
Las huellas psicológicas que dejaron los abusos
A pesar de que el Tribunal afirmó que solo la versión de la actriz no podía ser tomada como elemento condenatorio, se hizo hincapié en las declaraciones de su psiquiatra, Rafael Ángel Herrera Milano, su psicóloga, Claudia Silvana Crupi, y las pericias que detectaron los mismos síntomas provocados por un caso de violencia de género.
Las pericias psicológicas convalidaron el daño mental sufrido por la actriz
De hecho, existió un detalle particular que para Herrera Milano sería un indicador del nivel de trauma soportado por la víctima: su mirada. Durante su declaración, el profesional indicó haber encontrado una similitud entre la forma de mirar de Prandi y los veteranos de Malvinas -con quienes trabajó en 2017-, ya que ambos presentaban características de “ir a la guerra”.
“Les queda eso en la mirada, difícil de explicar, pero el que lo conozca, lo reconoce”, señaló el psiquiatra al mencionar que la presentadora tenía problemas para dormir. Bajo su punto de vista, explicó que las complicaciones surgían porque lo relacionaba con el hecho de “ir a combatir”, puesto que las agresiones solían ocurrir cuando dormía.
De esta manera, interpretó que la acción de dormir no solo la llevaba a recordar lo ocurrido, sino que la hacían revivir los episodios. “Tuvo que tratarlo con psicofármacos, porque era tan gravoso, tan profundo y tan consolidado el cuadro que no alcanzaba ninguna clase de psicoterapia disponible”, subrayó.
Otro de los datos tenidos en cuenta por los jueces fueron los resultados que arrojó la Escala de Hamilton respecto a los grados de depresión (20) y ansiedad (27) sufridos por Prandi a mediados de 2022. Siendo ambos considerados como un cuadro de depresión severa y de ansiedad grave, de acuerdo con los estándares mundiales.
Julieta Prandi junto a su familia y su pareja, Emmanuel Ortega
En línea con esto, Crupi recordó que al momento de iniciar la terapia “estaba muy frágil, tenía crisis de ansiedad, pesadillas” y que “tenía dos síntomas básicos orgánicos, uno era las náuseas, las arcadas y la otra, eran los problemas respiratorios“, por lo que relacionó la sintomatología como efectos de situaciones post traumáticas que se dieron de forma reiterada.
“Hay cosas que no se pueden inventar”, sostuvo al reconocer que había detalles y situaciones de lo vivido por Prandi que llegaron a estremecerla y a llamarle poderosamente la atención. “Se vivió un proceso en el cual se llevó a una persona a la cosificación, es decir, transformar a un sujeto en objeto que para que ese objeto lo satisficiera en sus cuestiones económicas, sexuales, sádicas fantasías“, resaltó.
Por su parte, la perito que evaluó el testimonio de la actriz, Bárbara Tomasich, aseveró que “su relato fue espontáneo, consistente, no tuvo fisuras, contradicciones“. Además, destacó que la angustia, ansiedad y mecanismos defensivos que mostró la denunciante al ser entrevistada permitieron reconocer que había indicadores ”consistentes de abuso y violencia de género“.
Entre los tipos de violencia que pudo detectar, la técnica se refirió a que había indicios de violencia psicológica, física, sexual y patrimonial, los cuales consideró que la habrían llevado a desarrollar la “sobreadaptación”, un mecanismo vinculado con la disociación para soportar los hechos de violencia de manera sistemática y sostenida en el tiempo.
El análisis de los jueces sobre la declaración de Contardi
Luego de que la defensa sostuviera que la denuncia presentada por Prandi era falsa y que, según el acusado, habría existido una suerte de confusión por parte de la conductora a la hora de reconstruir cómo fueron las transferencias y compras de las propiedades en las que el matrimonio había convivido, los jueces consideraron que su relato no era congruente.
Contardi al momento de ser detenido tras conocerse el veredicto
“Resulta poco creíble pensar que si todo era tan idílico, ella se fuera sin motivo alguno, con sus hijos y que él ni siquiera se molestara y que la dejara irse sin más“, respondieron sobre los dichos de Contardi de que el matrimonio no tenía problemas, que estaban enamorados y felices.
De la misma forma, apuntaron que “su defensor (Claudio Nitzcaner) en los alegatos intentó mejorar su versión refiriendo que no todo era idílico, había conflictos, pero no ocurrió un abuso sexual“. Y volvieron a resaltar que las pruebas que se produjeron durante el debate penal habían demostrado todo lo contrario a lo expuesto por el acusado.
Otras de las estrategias que fue puesta en duda por el Tribunal fue el testimonio del jefe de seguridad del barrio privado Septiembre, Ángel Pelozo, quien había asegurado haber visto como la modelo entraba y salía del country en compañía de su ex pareja. “Este testimonio, a criterio de la suscripta, corrobora el testimonio de J.L.P. quien refirió que en alguna oportunidad manejó los autos en el barrio, pero que salía y entraba siempre en remis o con su pareja“, evaluaron.
La razón por la que atenuaron la pena pedida
Luego de que el fiscal Christian Fabbio encontrara culpable a Contardi y solicitara una condena de 20 años de prisión, la cual sería la pena máxima estipulada por el Código Penal argentino, el TOC N° 2 de Zárate-Campana resolvió restar un año a la pena requerida.
“Se ha valorado como atenuante la carencia de antecedentes penales condenatorios del enjuiciado“, explicaron los jueces. Asimismo, justificaron la cantidad de años al remarcar la existencia de dos agravantes relacionados con el contexto de violencia de género y las características del hecho.
Por su parte, el abogado de Prandi, Javier Baños, había pedido que el empresario fuera condenado a 50 años por “cuestiones técnicas”. Sin embargo, la consideración fue rechazada por los magistrados al considerar que sentenciar a una persona a cumplir una condena tan extensa iría en contra de la ley, la cual garantiza los derechos de los reos a reinsertarse socialmente.
Tras conocerse el veredicto, Contardi quedó detenido formalmente y fue trasladado hacia la DDI de Campana. Horas después de que terminara el juicio, se resolvió que fuera alojado en un calabozo transitorio de la Comisaría 5° de Escobar hasta que haya un cupo en el Servicio Penitenciario Bonaerense. A partir de ahora, su nombre figurará en elRegistro de Condenados por Delitos contra la Integridad Sexual.
Cristian Eduardo Robledo fue declarado culpable del homicidio de Norma Antonia Guevara ocurrido el 20 de octubre de 2024
A casi un año del homicidio que conmocionó a Lomas de Zamora, el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 2 dictó prisión perpetua para Cristian Eduardo Robledo, declarado culpable de asesinar con un arma blanca a su abuela, Norma Antonia Guevara, y de atacar gravemente a su prima de 11 años.
El fallo, emitido el lunes pasado, cierra una etapa judicial marcada por el dolor y el temor de la familia de la víctima, quienes consideraron la condena “un alivio”.
La sentencia puso fin a la causa por un hecho ocurrido la noche del 20 de octubre de 2024, en una vivienda situada en Castelli al 1700, Lomas Oeste.
Allí, Robledo atacó a puñaladas a su abuela dentro del domicilio donde residía, agredió a su prima menor de edad y escapó con dos teléfonos celulares y dinero en efectivo. La investigación estableció que el crimen no respondió a un robo planificado, sino a un episodio de violencia de género en el ámbito familiar.
La reconstrucción del caso expuso una secuencia de extrema violencia que tuvo como escenario la casa familiar de Guevara, de 68 años. Según fuentes judiciales, aquella noche, Robledo, de 24 años, mantuvo una discusión con su abuela, quien se negó a darle dinero. Testimonios recabados por la Fiscalía señalaron que el joven padecía adicción a las drogas y vivía en situación de calle, aunque recibía de forma regular la contención de la mujer.
La zona en donde ocurrió todo
Durante el altercado, Robledo utilizó un cuchillo de cocina para agredir a su abuela. Utilizó el mismo objeto para atacar a su prima de 11 años, quien resultó herida en el cuello. A diferencia de su abuela —que perdió la vida en el acto—, la menor sobrevivió y logró pedir ayuda a los vecinos, quienes alertaron a la Policía y solicitaron atención médica urgente.
La investigación descartó el móvil del robo simple, pese a la sustracción de objetos, e identificó el hecho como homicidio agravado en el contexto de violencia intrafamiliar, según informó el portal La Unión.
El hombre tenía antecedentes delictivos por robo agravado con uso de arma de fuego y denuncias previas por agresión hacia una expareja.
La intervención de la Fiscalía N°2 de Lomas de Zamora, a cargo de Fabiola Juanatey, fue clave para la recopilación de pruebas y testimonios. Las pericias psiquiátricas solicitadas durante la etapa de instrucción concluyeron que Robledo era plenamente consciente de sus actos al momento del crimen, lo que permitió avanzar hacia el juicio oral.
El tribunal consideró probadas las circunstancias que rodearon el hecho: el joven atacó primero a su abuela, la mató a cuchilladas y luego lesionó a su prima. Tras ello, escapó del domicilio con dos teléfonos y dinero, aunque fue capturado a pocas cuadras con las manos ensangrentadas y portando la cuchilla homicida, informó la policía.
El veredicto de prisión perpetua fue dictado en una audiencia celebrada el lunes último por el TOC 2 de Lomas de Zamora.
En los días previos al fallo, la familia hizo público su deseo de que la pena máxima recayera sobre el acusado.
La causa fue instruida por la fiscal Juanatey, especializada en violencia de género y familiar, quien acompañó a la familia durante todo el proceso judicial. La funcionaria solicitó el dictamen pericial y la recolección de evidencia para sostener la imputación por homicidio agravado.
Se trata de la ex pareja de la víctima, quien se cree que la habría empujado tras haber tenido una pelea. Además, se encontraron conversaciones que comprobarían que la joven habría sufrido violencia de género
La investigación sobre la muerte de Camila Soledad González, la joven de 29 años que murió después de haberse caído de un sexto piso en Corrientes, dio un giro determinante tras la imputación de L. L. C., un médico de 50 años y su ex pareja, por homicidio agravado por mediar violencia de género.
La acusación fue ratificada este martes, luego de que la fiscal de Investigaciones N° 1, Lucrecia Troia, solicitara la prisión preventiva del acusado, quien permanece bajo custodia desde el momento del hecho. Asimismo, subrayó que la investigación permitió dar con una serie de pruebas y testimonios que refuerzan la hipótesis de un femicidio.
“Se secuestraron teléfonos, se realizaron pericias en el lugar y el imputado ya declaró en sede judicial”, confirmó la investigadora judicial en declaraciones a Radio Dos. Además de estos elementos, señalaron que la causa cuenta con nuevos testimonios que describieron el contexto de violencia psicológica y control que habría predominado en la relación entre la víctima y el acusado.
Entre los testimonios incorporados, destacó el de una amiga de Camila, quien relató ante la Justicia detalles del vínculo que mantuvo con el médico. En palabras de la fiscal, la testigo habría aportado elementos que “brindan un contexto que refuerza la hipótesis de violencia de género”. También la actual pareja de la víctima prestó declaración ante la Fiscalía y sumó información relevante para la causa.
El edificio desde donde cayó la joven
De acuerdo con la información publicada por Corrientes al Día, también se evaluaría la posibilidad de que el hijo dela joven, de 10 años, sea sometido a una Cámara Gesell. “Se está tramitando, pero no se quiere revictimizar al menor. Habría estado en el lugar del hecho, pero necesitamos escucharlo a él”, explicó la fiscal Troia.
El caso ocurrió el viernes 10 de octubre en un edificio de la calle San Martín al 300, en el barrio Camba Cuá de la capital correntina. La Justicia intenta esclarecer si la caída desde el sexto piso fue un accidente, un suicidio o un femicidio. No obstante, la hipótesis de femicidio cobró fuerza a partir de los mensajes y las conversaciones que evidenciarían que habría existido una relación conflictiva y violenta entre la joven y el principal sospechoso.
La ex pareja fue detenida en el lugar de los hechos y este martes se confirmó su imputación
En los chats recuperados, Camila describía una convivencia marcada por los celos, el control y la manipulación. “La relación se volvió súper tóxica, pero yo opté por no darle bolilla”, escribió a una amiga durante su estadía en Bahía Blanca.
En otro mensaje, relató: “La casa estaba llena de cámaras y me controlaba todo el tiempo”. La presión ejercida por el médico la llevó incluso a eliminar fotos de sus redes sociales, como lo expresó en otro mensaje. “Yo ya entendí, no le sigo el juego”, había escrito la joven.
Tras finalizar la relación con L. L. C., Camila había iniciado un nuevo vínculo sentimental. De hecho, el jueves previo a su muerte, el médico se presentó en el departamento de la joven mientras ella cenaba con su nueva pareja, lo que derivó en una fuerte discusión. Horas más tarde, el acusado regresó al lugar.
El viernes, la joven llevó a su hijo a un entrenamiento de fútbol y tenía previsto reunirse con amigas por la tarde, según quedó registrado en su teléfono. Estos planes, según la Fiscalía, debilitan la hipótesis de que la mujer habría intentado quitarse la vida.
Ese mismo día, la joven cayó desde el sexto piso del edificio. El médico se encontraba en el departamento y fue el primero en ser detenido. Desde entonces, permanece bajo custodia, mientras la fiscalía espera los resultados de la autopsia, que serán determinantes para establecer si existieron lesiones defensivas o signos de haber tenido un forcejeo.
Por el momento, la investigación avanza con la recolección de testimonios de familiares, amigas y allegados, quienes coinciden en describir una relación de pareja marcada por la violencia psicológica y el control extremo. Todos los elementos reunidos hasta el momento complican la situación judicial del médico detenido, de acuerdo con la mirada de la Fiscalía.
El hecho ocurrió en la cárcel de Villa Las Rosas. La víctima recibió una herida en la zona cervical con un arma blanca tumbera
Un joven de 28 años fue asesinado este lunes en el penal de Villa Las Rosas, en Salta, tras ser apuñalado en su celda durante el horario de recreación del pabellón A2. Las cámaras de seguridad de la Unidad Carcelaria 1 registraron el ingreso de cinco internos al lugar donde se produjo el ataque.
Al tomar conocimiento de lo que sucedía, las autoridades trasladaron al joven al hospital San Bernardo, donde los médicos intentaron salvarle la vida mediante una intervención quirúrgica. Horas más tarde, falleció como consecuencia de las lesiones sufridas. Tanto la víctima como los presuntos agresores se encontraban cumpliendo condenas por delitos vinculados al robo.
Por el hecho hay cinco internos sospechados captados, cuando ingresaban a la celda de la víctima, por las cámaras de seguridad del penal
En las redes sociales, el joven asesinado había publicado imágenes en las que aparecía portando un arma de fuego y exhibía una actitud desafiante, acompañando una de las fotografías con la frase: “Me sobran balas”.
La Unidad de Graves Atentados contra las Personas 2 del Ministerio Público Fiscal intervino de inmediato, y los cinco sospechosos fueron apartados de la población general del penal.
Irá a juicio la presa que cambió de género en la cárcel de Bouwer y fue denunciada por violar a siete reclusas
La Justicia de Córdoba confirmó la elevación a juicio de la causa contra Gabriela Nahir Fernández, acusada de abuso sexual contra siete detenidas en el penal femenino de Bouwer. La imputada, de 34 años, cambió su identidad de género en 2018 y fue trasladada al pabellón de mujeres, donde habría cometido los delitos.
Irá a juicio la presa que cambió de género en la cárcel de Bouwer y fue denunciada por violar a siete reclusas
De acuerdo con la acusación del fiscal Juan Ávila Echenique, Fernández será juzgada como “probable autora penalmente responsable de los delitos de abuso sexual simple reiterado (dos hechos) en concurso real con abuso sexual gravemente ultrajante continuado en perjuicio de siete detenidas, calificado por el conocimiento de ser portadora de una enfermedad de transmisión sexual grave”.
Además, en uno de los episodios, se la consideró “coautora de abuso sexual con acceso carnal por la introducción de objetos análogos, calificado por el número de autores”, ya que habría actuado junto a otras dos presas, y se sumó la agravante de “uso de arma en grado de tentativa”.
En la misma resolución, el fiscal imputó a I. R. F. (42 años) y R. B. M. (26 años) como “probables coautoras penalmente responsables de los delitos de abuso sexual con acceso carnal por la introducción de objetos análogos”, en relación con una sola víctima, según información de La Voz del Interior.
El historial judicial de Fernández comenzó en octubre de 2016, cuando ingresó a prisión bajo el nombre de Gabriel y, un año después, recibió una condena de tres años por “lesiones leves calificadas y privación de la libertad calificada”. En noviembre de 2018, manifestó ante la Justicia: “Me autopercibo mujer”, lo que motivó el cambio de identidad de género y su traslado al sector femenino del penal de Bouwer. En ese contexto, rechazó las condenas por violencia de género, argumentando que “no son compatibles con el género al que actualmente estoy arraigada”.
Mientras cumplía condena, en abril de 2019, Fernández fue imputada por “privación ilegítima de la libertad, lesiones leves y amenazas” contra una mujer, y poco después obtuvo la libertad condicional. Hacia finales de 2019 y nuevamente en 2022, enfrentó denuncias que fueron archivadas. Ya en libertad, en 2023, fue denunciada por “privación ilegítima de la libertad, amenazas y lesiones leves calificadas”, y posteriormente por “violación de domicilio, coacción y desobediencia”, lo que derivó en su detención y, en 2024, en la prisión preventiva.
Durante su reclusión en el anexo Sala A del Establecimiento Penitenciario Nº 3, se detectó el abuso contra una compañera de celda. Tras varias sanciones disciplinarias, las autoridades decidieron trasladar a Fernández a otro penal para resguardar a la víctima. Actualmente, permanece en régimen de aislamiento dentro del penal femenino de Bouwer, mientras las tres acusadas continúan detenidas.