Facundo Aguilar Fajardo, de 21 años, será indagado por el delito de homicidio simple con dolo eventual luego de la muerte de Thiago. El cortejo pasó por su escuela y el club en el que jugaba al fútbol
El policía de la PFA Facundo Aguilar Fajardo, de 21 años, será indagado este lunes, por el fiscal Diego Rulli, por el homicidio simple con dolo eventual de Thiago Correa, tras la muerte del nene de 7 años que recibió un disparo en la cabeza en medio de un asalto al agente y a su madre en Ciudad de Evita, en La Matanza.
Thiago fue velado en la cochería Casa Dauria, ubicada en la calle Eizaguirre al 2400, en la ciudad de San Justo, desde este domingo a las 17. La ceremonia finalizó este lunes a 9 de la mañana. Luego, el cortejo pasó por el Colegio Santa Rosa, a donde acudía el menor, luego por el Club Unidos de La Tablada, donde jugaba al fútbol. Por último, se dirigió al cementerio Parque.
“Estamos todos mal, esto es inexplicable”, dijo Fabián Correa, el papá de Thiago, en medio del velatorio al brindar una entrevista a Radio Splendid.
El hombre relató que estaban esperando el colectivo para volver del club a su casa cuando escucharon la balacera: “Lo bajo a Thiago y se escuchan los tiros. Fue ahí nomás. No entiendo nada”. Aunque todavía intenta reconstruir los segundos previos al disparo fatal, el padre fue claro: “No tengo palabras ni explicación para decirte nada. Es un dolor que no se puede sacar nadie”.
Sobre el accionar del policía, Fabián fue contundente: “No es justo que un nene termine así. No puede ser que alguien dispare así, hacia abajo, donde hay gente”. Consultado sobre cómo seguirá su búsqueda de Justicia, reconoció que aún no tiene respuestas: “No te puedo decir los pasos a seguir. Ahora no. Estamos despidiendo a mi hijo. Es el dolor más grande”.
Mientras tanto, su familia enfrenta la pérdida con entereza y pide respuestas: “Nadie está preparado para enterrar a un hijo. Es al revés. Es la vida al revés”.
La imputación por homicidio con dolo eventual
El titular de la fiscalía de Homicidios definió la figura, por sobre el homicidio culposo, tras el fallecimiento del nene debido a la cantidad de disparos, el lugar -una avenida pública- y en un horario todavía transitado.
Así fue el tiroteo en el que balearon a Thiago en La Matanza
Con esta definición, la fiscalía sostiene la hipótesis de que el policía de la PFA, de 21 años, pudo prever el resultado de su accionar y, aun así, continuó disparando. Es decir, que corrió el riesgo de matar, sabiendo que lo estaba haciendo.
De esta manera, Fajardo será indagado por ese delito -yo había declarado por lesiones gravísimas- y por el exceso en la legítima defensa en el homicidio de uno de los delincuentes que lo abordaron en la parada de colectivo, ubicada a pocos metros de su casa.
En cambio, en el homicidio culposo (hasta 6 años de cárcel si es agravado), el autor no quiere ni acepta la muerte de la víctima, pero esta ocurre por negligencia, imprudencia, impericia o inobservancia de deberes.
La foto que usó el papá de Thiago Correa para despedirse de su hijo en redes sociales
Fajardo disparó 11 veces su arma reglamentaria. Uno de los plomos impactó en Thiago, que esperaba el colectivo junto a su papá, a unos 180 metros del hecho.
La calificación es a estas instancias iniciales, puede cambiar con el transcurso de la investigación, aclararon las fuentes. Al mismo tiempo, no es vinculante para el juez de Garantías que actúa en la causa, es decir, puede no compartirla.
En cuanto a la muerte del presunto ladrón de 18 años que intentó asaltarlo junto a otros tres cómplices, la fiscalía sostuvo la misma imputación: exceso en la legítima defensa.
Las pericias y las imágenes de las cámaras de seguridad muestran que les disparó cuando estaban en fuga y de espaldas, por ese motivo, se considera que el peligro había cesado. Sin embargo, la fiscalía tuvo en cuenta el origen de la reacción del agente de la Policía Montada: el robo y la amenaza de vida para él y su madre. De lo contrario, la imputación sería otra.
El caso
El episodio ocurrió el miércoles por la noche, alrededor de las 22.30, en la intersección de avenida Crovara y Madrid. Allí, Fabián Correo y su hijo Thiago estaban en la parada cuando, el agente de la Policía Federal Argentina, de civil, fue abordado por cuatro delincuentes armados. En consecuencia, sacó su pistola reglamentaria y disparó.
Thiago, el nene que murió balado en La Matanza
Durante el enfrentamiento, uno de los ladrones, Brandon Corpus Antelo, de 18 años, murió tras recibir un disparo en el cuello. Otros dos, identificados como Uriel Alexis Montenovo y Uriel Emanuel Leiva, ambos de 21 años, terminaron heridos: uno con un impacto en la pierna derecha y el otro en el abdomen, en estado grave. El cuarto asaltante se dio a la fuga.
En la escena del tiroteo, personal de la Policía Científica encontró un revólver calibre .38 sin numeración ni municiones, una vaina servida, un proyectil deformado y rastros de sangre de Thiago.
Si bien la Fiscalía de Neuquén investiga el caso como femicidio, aún se desconoce el vínculo que el asesino tenía con la víctima
En horas de la madrugada del sábado, la Policía de la localidad de Junín de los Andes, en Neuquén, se topó con un hombre que pedía ayuda en una de las calles del barrio Primeros Pobladores. Al asistirlo se dieron cuenta de que estaba herido, al igual que una amiga, quien estaba en el interior de la vivienda. Pocos minutos después, la mujer falleció.
El joven presentaba una lesión grave, aparentemente un corte por la zona del abdomen, mientras que la otra persona, Mabel Mena, estaba gravemente herida con un corte en el pecho. Ambos fueron trasladados de inmediato al hospital, donde la mujer de 40 años perdió la vida poco después a causa de las lesiones. Se supo que la víctima era una portera de la Escuela Primaria N° 344 de dicha localidad.
La segunda víctima continúa internada y estable, de acuerdo con lo detallado por LM Neuquén. Todo sucedió alrededor de las 6:40 de la mañana del 7 de junio, en la intersección de la calle 17 de Octubre y Pasaje, al noroeste de la Patagonia, en el acceso al domicilio donde ocurrieron los hechos. Según pudieron conocer las autoridades, el agresor habría atacado a Mena y al joven con un arma blanca y, tras lo acontecido, se dio a la fuga. Fue entonces cuando las autoridades desplegaron un operativo de búsqueda, que incluyó el monitoreo de cámaras de seguridad de la zona y la toma de testimonios de los residentes del barrio.
Sin embargo, el dato más relevante lo obtuvieron del hombre atacado, quien proporcionó una descripción física del agresor. Con esta información, los agentes pudieron dar con el paradero del hombre el mismo sábado por la tarde, y arrestarlo en la zona de los lagos, sector de Las Coloradas, cuando intentaba escaparse en un taxi hacia un puesto rural. La detención fue posible tras el aviso de vecinos. En tanto, continúa sin esclarecerse las causas que motivaron el ataque.
Comisaría Junin de los Andes
Este domingo se realizó una conferencia de prensa encabezada por el ministro de Seguridad de la provincia del Neuquén, Matías Nicolini, junto a la subsecretaria de Mujeres, Lorena Barabini, y el intendente de Junín de los Andes, Luis Madueño. Allí se brindaron los detalles sobre el operativo y la investigación, destacándose la coordinación de las distintas áreas estatales y el compromiso de la comunidad. Además, se confirmó la disposición de una abogada, a través del Centro de Atención a la Víctima, para asistir a la familia de la mujer.
Nicolini destacó el desempeño de la Policía provincial y la colaboración ciudadana en la detención del sospechoso, al subrayar que el operativo se logró por la rapidez de las alertas en una comunidad pequeña como Junín de los Andes. “Nos solidarizamos con la familia de Mabel Mena, en este triste episodio, compartimos con la familia este duro trance. Desde el área de Seguridad enviamos las condolencias, pero también con la satisfacción del deber cumplido, se realizó un gran trabajo con la Policía”, dijo en una “conferencia de prensa encabezada por el ministro de Seguridad de la provincia del Neuquén, Matías Nicolini, junto a la subsecretaria de Mujeres, Lorena Barabini, y el intendente de Junín de los Andes, Luis Madueño”.
También estuvieron presentes la ministra Julieta Corroza y la subsecretaria Barabini, quien enfatizó la importancia del acompañamiento y la escucha activa a la familia de la víctima. Por su parte, la fiscal explicó: “Estamos pronto a recibir a una abogada que se va a ofrecer como querellante, para el servicio a la familia”, a través del Centro de Atención a la Víctima. “La presencia y la escucha, son las herramientas más importantes para transitar el momento”, dijo. Con respecto a los femicidios, sostuvo que “tenemos altísimos intentos y la tasa es fluctuante”
La noticia fue confirmada por la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, en sus redes sociales. “Los argentinos del sur merecen vivir en paz”, expresó
A cinco meses de su última detención, Facundo Jones Huala, líder de la Resistencia Ancestral Mapuche (RAM), quedó nuevamente bajo arresto, tras la intervención de Policía Federal en la Patagonia. Fue denunciado por apología del delito.
El arresto se produjo en la provincia de Río Negro y fue comunicado por a ministra de Seguridad Nacional, Patricia Bullrich: “Jones Huala otra vez detenido por las fuerzas del orden”.
“La RAM es una organización violenta y terrorista. Con nosotros no hay impunidad”, agregó.
La funcionaria enfatizó la importancia de mantener la seguridad en la región y la necesidad de que la Justicia actúe con firmeza en este caso. “Los argentinos del sur merecen vivir en paz y que esta vez no lo suelten”, expresó.
El director nacional de Normativa y Enlace Judicial, Fernando Soto, se refirió al caso y sostuvo que “Jones Huala comete actos de terrorismo, se autopercibe mapuche, pero incendia bosques y no reconoce al Estado argentino”. Subrayó que el activista fue denunciado por el Ministerio de Seguridad por apología del delito y que ya permanece en prisión.
La última detención de Facundo Jones Huala fue a mediados de enero de 2025, cuando intentaba abrir autos estacionados cerca de los incendios de Chubut. Pese a que, en aquella ocasión, el arresto estuvo a cargo de la Policía de Río Negro, la información también fue confirmada por la ministra.
La imagen de Jones Huala detenido que distribuyó la ministra Patricia Bullrich
“Activamos el convenio para la emergencia en la Patagonia y, a las 4 AM, el sistema de monitoreo detectó en El Bolsón a un hombre intentando abrir autos. La Policía de Río Negro intervino, fue agredida y, al detenerlo, descubrieron que era ¡el terrorista Facundo Jones Huala!“, detalló.
En tanto, desde el Gobierno de Río Negro, precisaron que el hecho ocurrió a las 3:50, cuando “el sistema de monitoreo de cámaras de seguridad detectó a hombre en actitud sospechosa en la zona de Avenida Sarmiento y Azcuénaga”.
Incendio en Estancia Amancay en Chubut, cerca de Trevelin
El sospechoso “fue observado intentando ingresar a dos vehículos estacionados mediante el tanteo de las manijas de las puertas, pero al no lograr su cometido, continuó caminando”, precisaron.
De forma inmediata, efectivos de la Unidad 12 desplegaron un operativo en la zona y lograron interceptar al hombre a 100 metros del lugar. En ese momento, se percataron que se trataba del líder de la RAM.
“Reaccionó de manera violenta, profiriendo gritos de protesta y atacando a los efectivos con golpes de puño y patadas”, aseguró la provincia en el comunicado.
El gobernador Alberto Weretilneck también había hablado sobre la aprehensión en sus redes sociales: “La Policía de Río Negro demostró firmeza y eficacia. Facundo Jones Huala fue detenido en El Bolsón mientras intentaba robar vehículos en pleno centro de la ciudad. Un individuo con un largo historial delictivo que vuelve a ser puesto tras las rejas”.
Sin embargo, horas después, la Justicia ordenó su liberación mientras la causa continuaba su curso. Finalmente, volvió a ser detenido durante las últimas horas de este domingo.
En tanto, un incendio de gran magnitud destruyó la infraestructura de la estancia “Amancay”, ubicada en el cruce de las Rutas Nacionales 71 y 72, cerca de Trevelin. El fuego consumió maquinaria pesada, vehículos y otras instalaciones, que se sumaron a focos que afectaron a la localidad chubutense de Epuyén.
Incendio en Epuyén, Chubut (X: @hernangiardini)
En su momento, el gobernador de Chubut, Ignacio “Nacho” Torres, definió el incidente como un “atentado”, y lo vinculó al desalojo de la agrupación mapuche Lof Paillako, que ocupaba el predio del Parque Nacional Los Alerces. En un posteo por redes sociales, el mandatario afirmó que “este tipo de atentados no son casuales” y que responde a “los delincuentes de siempre”.
A principios de febrero, Jones Huala presentó su libro “Entre Rejas, Antipoesía incendiaria” en Trevelin y defendió los sabotajes contra “la infraestructura del sistema capitalista, las transnacionales y los terratenientes”. Si bien sostuvo que la RAM no tuvo la responsabilidad sobre los incendios originados, aseguró que los avala.
La Cámara Civil ordenó a la empresa eléctrica compensar a dos clientes tras comprobarse que fueron dejados a oscuras y destratados en un local vulnerando sus derechos como consumidores
Si bien es habitual el destrato de grandes empresas de servicios públicos a sus clientes, son muy pocas las personas que logran lo que consiguieron Luciana Sofía Guatelli y Ariel Hernán Mastroianni luego de sus reclamos.
Para entender el caso, hay que retrotraerse a junio de 2016, cuando los usuarios damnificados fueron por separado a una sucursal de Edesur en Lanús para protestar por los cortes de luz y recibieron un destrato indignante.
Según se corroboró, Luciana y Ariel ingresaron a la oficina en horario de atención al público, cerca de las 15, hora de cierre del local. Mientras esperaban para ser atendidos, los empleados se levantaron repentinamente de sus lugares de trabajo y sin atenderlos se fueron y los dejaron encerrados en el lugar.
Luego de que llamaran a la policía, a las 16:20 llegó al lugar un móvil de la comisaría de Lanús, y un empleado de seguridad de Edesur le abrió las puertas que estaban cerradas con llave. Recién entonces los clientes que entablaron la demanda que se desarrolla en esta nota, junto también a Inés María Gallardo, otra usuaria que había permanecido con ellos, pudieron salir del local.
Como consecuencia del hecho, Guatelli y Mastroianni demandaron a la compañía de electricidad por la privación ilegítima de la libertad y el trato humillante que sufrieron en su sucursal. Reclamaron una indemnización de $200.350 por los rubros de daño moral ($100.000), daño punitivo ($100.000) y gastos de mediación ($350).
Obviamente, la distribuidora de energía se opuso a los reclamos de sus clientes y negó que hayan sido encerrados en la sucursal. Invocó, en cambio, que ellos decidieron permanecer allí en el intento de ser escuchados luego del horario de cierre, pese a que “se les ofreció un número para ser atendidos de manera prioritaria al día siguiente”.
Reconoció sin embargo que la puerta exterior del local estaba cerrada con llave, pero lo justificó por su metodología de atención a los clientes: “Al finalizar la hora de atención al público, como es habitual en todas las oficinas públicas se cerró la puerta exterior para indicar que ya no podía ingresar nadie al edificio”.
La jueza de primera instancia rechazó la demanda al entender que los denunciantes no habían probado que fueron privados ilegítimamente de su libertad al quedar encerrados en la sucursal de Lanús.
La magistrada reconoció que los denunciantes estuvieron en el local el día del hecho, se retiraron solo después de la llegada de la policía y la puerta exterior estaba cerrada con llave. No obstante, se detuvo en algunas inconsistencias de la prueba producida para rechazar el reclamo. Entre ellas, señaló las contradicciones en las declaraciones de los demandantes y otros involucrados en la causa penal que se inició a raíz del hecho, descartó los testimonios aportados por los actores por ser de testigos indirectos y desestimó los videos grabados por Guatelli en la sucursal el día del hecho por estimar que no probaban el encierro.
La jueza también mencionó que Gallardo, la usuaria que acompañaba a los actores en la sucursal, manifestó que no se sentía privada de la libertad ya que “si gritaba el personal de seguridad le abría la puerta del lugar”. Como surge de las declaraciones de la causa penal, un empleado de seguridad de Edesur salió al encuentro del oficial Meza unos minutos después de que el móvil policial arribara a la sucursal, por lo que la jueza tuvo por probado que “los actores no se hallaban solos en las oficinas de Edesur”. Asimismo, recordó que la puerta de vidrio templado interior de la sucursal estaba abierta y que no tuvo por acreditado que el cierre de la puerta exterior “haya obedecido a la intención deliberada de privar de su libertad a los actores”.
La sede de la polémica
Persevera y triunfarás
Guatelli y Mastroianni no se conformaron con la decisión judicial y apelaron. Señalaron que las contradicciones señaladas por la primera jueza que entendió en la causa no definían el fondo de la cuestión y se detuvieron especialmente en un detalle que la magistrada omitió: las puertas cerradas con llave eran dos y no una.
Si bien la puerta de vidrio templado de acceso a la sucursal estaba abierta, sostuvieron que, de la declaración del oficial Meza y de uno de los videos aportados como prueba, surge que tanto la puerta exterior de rejas como el portón intermedio de hierro estaban cerrados con llave.
En la sentencia, la jueza había concluido que el hecho de que la puerta exterior estuviera cerrada no hacía presumir un encierro doloso o efectuado con culpa grave, sino que respondía a la necesidad de impedir que nuevos clientes ingresaran a la sucursal. Los actores cuestionaron este razonamiento teniendo en cuenta que las puertas cerradas fueron dos.
En su demanda, los actores fundaron su reclamo en la pretendida privación ilegítima de la libertad y en el trato humillante que sufrieron en la sucursal de Edesur: “Terminamos sufriendo un humillante trato por parte de los empleados y el personal de seguridad de la demandada, quienes no solo no nos tomaron los reclamos, sino que nos dejaron encerrados en la sucursal por casi dos horas, (…) lo que nos generó un daño emocional irreparable”.
¿Privación ilegítima de la libertad?
La Sala M de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de Buenos Aires tomó el caso. Con respecto a la privación ilegítima de la libertad invocada, planteó que se trata de un potencial hecho constitutivo de responsabilidad civil. Sin embargo, coincidió con el criterio de la jueza de primera instancia: debió ser demostrada por los actores, sobre quienes recaía la carga de la prueba.
Y en este caso -consideró el tribunal- los actores no alcanzaron prueba de convicción suficiente para dar por probada la privación ilegítima de la libertad invocada.
Trato humillante
Aunque es cierto que los actores no probaron la privación de la libertad, no puede decirse lo mismo con respecto al trato humillante, consideraron los jueces.
Al margen de las contradicciones en las declaraciones, Edesur admitió que, luego de verificar que los reclamos de Guatelli y Mastroianni no eran “urgentes”, los empleados del local les ofrecieron “un número para ser atendidos de manera prioritaria al día siguiente”, pese a haber ingresado a la sucursal antes de las 15:00 —horario de cierre—.
Asimismo, como surge de uno de los videos y de las declaraciones en la causa penal de Gallardo y Leonardo Alberto Lázaro —empleado de seguridad de la sucursal—, luego del horario de cierre los trabajadores abandonaron sus puestos y se retiraron sin atender a Gallardo, Guatelli y Mastroianni.
Sumado a esto, también debe tenerse en cuenta a partir de las declaraciones de Gallardo y Lázaro y de lo que puede observarse en uno de los videos agregados como prueba, que las luces del local se apagaron luego de que los empleados abandonaran sus escritorios
Quedó acreditado además que la puerta exterior de rejas de la sucursal estaba cerrada con llave y, a partir de la declaración del oficial de policía, puede confirmarse que el portón intermedio también estaba trabado.
En síntesis, tres personas que se acercaron e ingresaron en horario de atención al público a una sucursal de la demandada para hacer reclamos como usuarios del servicio eléctrico se encontraron con que no solo no fueron atendidos, sino que además fueron invitados a retornar al día siguiente. Ante su insistencia en ser escuchados, fueron dejados transitoriamente a solas en un local a oscuras y con algunas puertas de acceso cerradas.
Si bien en su contestación Edesur explicó que el día del hecho “sufría una afluencia extraordinaria de usuarios”, tal circunstancia no justifica en modo alguno la conducta de los empleados de la sucursal, explicaron los jueces.
De la misma manera que se incumple con el deber de trato digno el proveedor que no ofrece alguna vía de comunicación eficiente con sus consumidores, también lo hace el que se niega a atender sus reclamos en una sucursal que, como la del caso, funciona como “oficina de atención a usuarios”, o bien el que omite proveerles una adecuada y oportuna información. Y todo ello sucedió en este caso, enfatizaron los magistrados.
La indemnización
Por todo lo expuesto, la Sala M, integrada por Guillermo González Zurro y María Benavente, decidió revocar el fallo de primera instancia, admitir la demanda y condenar a Edesur a pagar $500 mil a cada una de las víctimas. Se aplicó además una tasa de interés del 8% anual desde el hecho hasta el pronunciamiento del tribunal, fechado en marzo de 2025.