Judiciales
“Mirá como me ponés” y “sos mi dueña”: las frases de Alperovich y las pruebas para procesarlo por abuso sexual
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3 años atráson
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Más de 60 testigos declararon en la causa. Entre las pruebas también hay mensajes en redes sociales e informes de expertos. El ex gobernador de Tucumán fue procesado por nueve hechos
Chats de WhatsApp, mensajes por Instagram, más de 60 testigos, informes de psicólogos y psiquiatras, y pericias sobre los teléfonos, son algunas de las pruebas que tuvo en cuenta la Justicia a la hora de procesar al ex senador José Alperovich por el abuso sexual de una joven que trabajó como su asistente personal. En total se documentaron nueve hechos de abuso: dos en un departamento de Puerto Madero y siete en la provincia de Tucumán.
En un fallo de más de 400 páginas, al que tuvo acceso Infobae, el juez de instrucción Osvaldo Rappa determinó que la denunciante, hija de un primo de Alperovich, “estaba inmersa en un contexto de abuso sexual, intrafamiliar y de acoso laboral por razones de genero por parte del imputado, quien valiéndose de la posición de poder que ostentaba, violentó la integridad sexual de la denunciante en al menos nueve oportunidades, causándole un detrimento físico y psíquico”.
Los dos primeros hechos ocurrieron en diciembre de 2017, en un departamento de Puerto Madero. La joven había empezado a trabajar con el ex gobernador de Tucumán apenas unos días antes.
El 14 de diciembre de ese año, Alperovich la invitó a subirse a un avión privado. Recién en Buenos Aires, la joven se enteró que iba a pasar la noche en el departamento de Alperovich, en el edificio Zencity, en Rosario Vera Peñaloza 599. Aunque el ex gobernador tenía dos departamentos con entradas independientes, decidió que la joven duerma con él y mandó a otro asesor al segundo departamento.
Según la denuncia, luego de cenar, Alperovich comenzó a manosearla y a besarla. La joven logró soltarse y se encerró en un dormitorio. Al día siguiente, el entonces senador actuó como si no hubiera pasado nada y hasta la mandó a comprarse un vestido a un shopping.
Apenas doce días después, el 27 de diciembre, la escena se repitió en el mismo lugar, aunque en ese caso la joven viajó a Buenos Aires en un vuelo de línea. Cuando estaba abusando de ella, siempre según la denuncia, Alperovich se ufanaba de ser “un violinista famoso André Rieu” por su “habilidad para mover sus dedos”.
A partir de ese momento, los abusos siempre ocurrieron en la provincia de Tucumán, en una casa alquilada y en los autos que utilizaba Alperovich para sus traslados de campaña.
La joven trabajaba desde 2011 en el Ministerio de Gobierno y Justicia de Tucumán. En noviembre de 2017, Alperovich la invitó a sumarse a su equipo. M.F.L. tomó la decisión luego de una charla con su familia.
El tercer hecho de abuso documentado tuvo lugar el 9 de febrero de 2018, arriba de un auto, cuando volvían de un acto en la localidad San Pedro de Colalao.
Al día siguiente, la escena se repitió a bordo del mismo vehículo. “Sos muy rígida, tenes que entregarte y aprender a disfrutar”, habría insistido Alperovich ante la negativa de la joven a ser manoseada.
Al momento de valorar los hechos, la Justicia tuvo en cuenta decenas de chats de WhatsApp incorporados a la causa entre la denunciante y sus compañeros de trabajo. Pero también las conversaciones con Alperovich. “Mi vida podrías ser un poquito más cariñosa, por ejemplo buen día, como amaneciste, aunque no lo sientas”, “sos mi dueña”, “te amo mucho”, y “te voy a proteger siempre”, son algunos de los mensajes que figuran en el expediente.

“El imputado le expresaba frases que excedían el trato laboral correcto (…) y se aprecia y corresponde resaltar también, la cuestión que la denunciante no contestaba nada a dichas expresiones que, a mi entender, resultan inapropiadas en un vínculo profesional”, sostuvo el magistrado.
Los hechos denominados “6″ y “7″ tuvieron lugar en una causa ubicada en la localidad de Yerba Buena, donde se desarrollaban las actividades de la campaña. “Mientras se encontraban sentados en un sillón, el encartado se le acerca, se quita su pantalón y prenda interior, mientras le expresaba “mira como me pones”. A su vez, le desprende la ropa a la denunciante y la obliga a que le toque su miembro. Luego, la lleva a la fuerza al cuarto y le realiza sexo oral a la denunciante, mientras ella intentaba sacárselo de encima suyo diciéndole que no lo hiciese, que se detuviere, que no quería”, consta en el expediente sobre el hecho ocurrido el 9 de marzo de 2018.
La resolución abunda en detalles íntimos sobre los abusos sexuales.
Los últimos dos casos ocurrieron en otra casa alquilada, en la zona del Corte, también en la localidad de Yerba Buena. El último fue el más violento: la joven declaró que terminó manchando las sábanas con sangre.
A partir de ese momento, hubo varios intentos de abuso y reiterados maltratos verbales, incluso delante de los choferes y custodios. La joven aguantó la tortura hasta mayo de 2019. Una mañana fue hasta la casa de Alperovich y le anunció que renunciaba. El ex gobernador reaccionó con distancia: “Yo nunca te hice nada que no hayas querido”.
Dos días después, la joven se desahogó ante su familia.
Según la denuncia judicial, apenas se enteró de la renuncia, Alperovich se comunicó con el tío de la joven y le habría preguntado “¿cuánto vale esto?” en alusión a un posible acuerdo económico. También habría intervenido, sin éxito, una hija del ex gobernador y hasta su yerno, quienes intentaron comunicarse con el padre de M.F.L.
La denuncia se presentó a fines de 2019. Al comienzo tramitó en el fuero criminal y correccional de la Ciudad de Buenos Aires y en la Justicia tucumana. Pero la Corte Suprema resolvió el año pasado que todos los hechos debían investigarse en el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°35 de la Ciudad de Buenos Aires, de acuerdo con un dictamen del procurador general interino, Eduardo Casal.
En el procesamiento, el juez destaca que abordó el caso “con perspectiva de género” y enumera cada una de las pruebas acumuladas en el voluminoso expediente. Se destacan chats, imágenes y audios aportados por la joven. También aparecen más de 60 testigos, un informe psicológico realizado por una experta de Cuerpo Médico Forense, un informe psicológico de la perito de parte, un informe del Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema, y hasta un informe psiquiátrico realizado al propio Alperovich.

Pese a la gravedad de la denuncia, Alperovich nunca fue expulsado de la Cámara de Senadores y recién fue indagado el mes pasado, cuando ya había terminado su mandato.
En su indagatoria, el ex gobernador de Tucumán negó todas las acusaciones y esbozó la teoría de una “causa armada” por motivos políticos. Además acusó de la joven de “ocultar prueba” porque “reseteó dos veces el celular”.
Pero la Justicia no le creyó. “La materialidad de los hechos se encuentra acreditada por un cuadro probatorio suficiente que permite a esta altura del proceso, tener por probados los episodios denunciados y relatados por la víctima, quien aportó las circunstancias de tiempo, modo y lugar en las que se desarrollaron todos los hechos objeto de investigación”, sostuvo el juez Rappa.
El magistrado también derrumbó la teoría de una supuesta extorsión planteada por Alperovich: “Llama la atención lo postulado por la defensa, de que León concurrió durante tantos meses a consultas con terapeutas con el único fin de obtener un informe con fines extorsionadores, resulta descabellado y contradictorio con las probanzas reunidas, surgiendo claramente de lo analizado, que la nombrada acudió a las sesiones con las especialistas (en la materia que fuese) para reforzar su autoestima y personalidad, para poder poner en palabras los abusos sufridos por el imputado, y lograr obtener herramientas que la ayuden a finalmente irse del espacio de trabajo en el que era gravemente violentada, no habiendo ningún elemento que compruebe lo expuesto por la defensa”.
Rappa procesó a Alperovich por tres casos de abuso sexual y seis de abuso sexual agravado, un delito que tiene una pena máxima de hasta 15 años de cárcel. Por ahora la libertad del ex senador no corre riesgo. El juez lo procesó sin prisión preventiva y ordenó un embargo de $2.501.500 sobre sus bienes.

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Judiciales
Sobreseyeron a Macri, a “Pepín” Rodríguez Simón y a otros ex funcionarios por la causa conocida como “Mesa judicial”
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1 año atráson
8 enero, 2024Por
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Era una de las investigaciones que buscaban demostrar el lawfare contra el kirchnerismo. Un fallo descartó que el delito hubiera existido. Los jueces que dijeron haber recibido presiones no lo denunciaron cuando tenían la obligación de hacerlo como funcionarios.
La causa por la llamada “mesa judicial”, que fue impulsada para investigar si el gobierno de Mauricio Macri presionó a jueces para lograr fallos favorables o castigar a aquellos que firmaban resoluciones adversas y se convirtió en uno de los ejes discursivos de la hipótesis de lawfare del kirchnerismo, está a punto de quedar en la nada.
El fallo, que fue firmado hace unas semanas pero hasta ahora no había trascendido, estableció una serie de puntos clave: el principal es que los jueces o funcionarios que fueron supuestamente presionados nunca hicieron la denuncia en aquel momento, pese a que estaban obligados en su calidad de funcionarios públicos. Además, cuando fueron a declarar, afirmaron que no se habían sentido afectados ni habían torcido sus decisiones judiciales por las causas en las que intervenían.
“Esta cuestión no es menor, por cuanto no se trata aquí de víctimas legas, que años después de un evento traumático podrían resignificar vivencias delictivas para aportar sus versiones a la justicia. Se trata aquí de magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Público Fiscal, que no solo se presume conocen el derecho y, por lo tanto, pueden mínimamente distinguir un accionar delictivo de aquel que no lo es, sino que, además, cuentan con la carga pública de denunciar ante la existencia de un delito como tal”, sostuvo el fallo firmado por la jueza María Eugenia Capuchetti.
Es más, afirmó Capuchetti, “tampoco se advierte que los magistrados (independientemente de que no hayan denunciado), se hayan apartado de los expedientes que presumiblemente motivaban las presiones, a fin de garantizar su imparcialidad”. Todo este escenario “evidencia que no fueron influenciados de manera indebida o que las presiones no tuvieron un impacto significativo en sus decisiones”.
Pero el fallo también advirtió que las investigaciones abiertas en el Consejo de la Magistratura no podían ser consideradas como un factor de presión porque desvirtuaría la interpretación sobre los resortes establecidos para evaluar la labor de magistrados. “De lo que no hay dudas es que funcionarios allegados al gobierno de ese entonces efectivamente formalizaron denuncias contra los magistrados. (Pero) las presentaciones por faltas disciplinarias presentadas ante el Consejo de la Magistratura, así como las acciones y decisiones de los consejeros encargados de investigar y resolver estas denuncias, no deberían ser vistas como una amenaza inminente para el funcionamiento adecuado de las instituciones”, enfatizó.
Tampoco podía incluirse como parte de esas supuestas presiones la actividad de la prensa. “Los magistrados y miembros del sistema judicial estamos sujetos a un escrutinio público y, frecuentemente, nuestras decisiones son objeto de debate y discusión en los medios de comunicación. Esto es esencial para mantener la transparencia y la rendición de cuentas en un sistema democrático. En definitiva, el escrutinio mediático no necesariamente puede constituir una presión inapropiada”, se advirtió. Un peritaje que había impulsado la fiscalía sobre tuits y likes en redes sociales de opositores ya había sido rechazado por la Cámara Federal por entender que se violaba la libertad de expresión.
El fallo entendió que no existió delito y por eso se sobreseyó por “falta de acción” a Macri, Garavano, al exsecretario Legal y Técnico Pablo Clusellas, al exministro de Trabajo Jorge Triaca, a la entonces diputada Graciela Ocaña, al exsubsecretario de Justicia y hoy jefe de fiscales porteños Juan Bautista Mahiques y al asesor presidencial “Pepín” Rodríguez Simón.
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El disparador que puso en jaque el futuro de la causa fue un planteo de Garavano. En su presentación, hecha el año pasado, en el gobierno anterior, el exministro de Justicia sostuvo que las pruebas demuestran que nunca existieron las supuestas presiones, sino que todo tuvo una intencionalidad política: “La estrategia de sostener el ‘inventado’ concepto de ‘lawfare’ en busca de beneficios en procesos penales en los que se encuentran involucrados ‘funcionarios de altísimo rango del signo político de los legisladores que hicieron la denuncia original’”.
El fallo por los sobreseimientos de Macri y el resto de los investigados fue apelado por el fiscal Franco Picardi: cuestionó la decisión de hacer lugar al planteo que dice que no hubo delito como forma de cerrar la causa y dijo que todavía quedaban medidas en curso.
Si bien su apelación analiza la situación en su conjunto para insistir en la hipótesis delictiva, el dictamen de Picardi apuntó especialmente a la situación de Rodríguez Simón —hoy prófugo de la Justicia, en el marco de otro expediente, el que denunciaron los empresarios Cristóbal López y Fabián De Sousa por la causa Oil Combustibles— y el caso de la exprocuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, indicaron fuentes judiciales a Infobae.
Cuáles fueron los argumentos para cerrar la causa por la “mesa judicial”
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Las figuras mencionadas como damnificadas en la causa fueron Alejandra Gils Carbó -ex Procuradora General de la Nación-; Ana María Figueroa -integrante de la Cámara Federal de Casación Penal hasta el año pasado cuando terminó jubilándose en medio de polémica tras cumplir 75 años-; Luis Raffaghelli -juez de la Cámara del Trabajo-; Martina Forns, titular del Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de San Martín-; Mirta Graciela González Burbridge -jueza laboral titular-; Alejo Ramos Padilla -actualmente titular del Juzgado Federal 1 de La Plata-; Diana Cañal -jueza de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo-; Eduardo Freiler -exintegrante de la Cámara Federal porteña, destituido en juicio político-; Eduardo Farah -integrante de la Cámara Federal porteña-; Marcela Pérez Pardo -jueza de la Cámara Nacional en lo Civil-; Graciela Marino y Enrique Arias Gilbert -exmiembros de la Cámara del Trabajo-.
Garavano estructuró su presentación pidiendo poner atención en el tiempo, modo y contexto en que se inició la causa: el expediente nació en 2019 pero creció en 2020, en los inicios de la gestión de Alberto Fernández, por el entonces diputado del Frente para la Victoria Martín Soria, quien luego sería ministro de Justicia del gobierno. Fue luego de que la vicepresidenta Cristina Kirchner difundiera el contenido de una entrevista radial que había dado horas antes la entonces jueza de Casación Ana María Figueroa, en la que hablaba de una supuesta “presión” de un funcionario del Ministerio de Justicia, al que la jueza originalmente no identificó.
Todo habría ocurrido en diciembre de 2015 cuando el entonces funcionario le habría preguntado en su despacho cuándo iba a salir una decisión de Casación que analizaba si se reabría la denuncia de Alberto Nisman por la causa Memorándum con Irán. Vale aclarar: el fallo por el Memorándum salió un año después de esa fecha y la entonces jueza votó junto a sus colegas de sala por reabrir la denuncia de Nisman.
Garavano subrayó que Figueroa decidió hacer pública esta situación en mayo de 2020 en un programa de radio “después de haber guardado silencio por más de cuatro años”: no había denunciado el hecho luego de ocurrido (como legalmente manifestó que correspondía), no había utilizado los resortes administrativos de la Cámara que integraba para poner en conocimiento de sus colegas lo acaecido, no había efectuado reclamo alguno por esta cuestión al propio Ministerio de Justicia, ni tampoco lo había puesto en conocimiento de la justicia al terminar el mandato de la administración que supuestamente la había presionado. A su criterio, todo demostraba que las presiones no ocurrieron.
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A la lista le sumó su análisis sobre los otros jueces cuando fueron convocados por esta causa: la jueza Martina Forns dijo que “no se consideraba víctima de presión alguna”; y el camarista Eduardo Farah afirmó: “no sufrí presiones ni injerencias de ningún tipo para influir en mi voto” en la causa Oil Combustibles “ni en otros casos que me haya tocado intervenir”.
Sobre los jueces laborales, Garavano recordó que la exjueza de Trabajo Graciela Marino sostuvo que no había sufrido presiones personales durante la gestión de gobierno de Mauricio Macri, ni había recibido visitas del Ministerio de Trabajo encabezado por Jorge Triaca; y lo mismo dijeron sus colegas del fuero, Diana Regina Cañal y Rodríguez Brunengo. El juez Enrique Arias Gibert solo aludió a presiones por medios públicos. Y el camarista Luis Raffagheli señaló que los supuestos aprietes eran en realidad “un clima de hostilidad” contra el fuero del trabajo, sin identificar a funcionario alguno.
Garavano añadió que de la declaración de Pérez Pardo no se desprendía que alguna persona en particular le hubiera ejercido presiones, sino que se limitó a relatar circunstancias vinculadas a trámites de expedientes, recursos presentados, publicaciones periodísticas y la actividad del Consejo de la Magistratura.
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Uno de los puntos centrales de la presentación aludió al capítulo de Gils Carbó. La exjefa de los fiscales narró que las presiones del Gobierno de Mauricio Macri, orientadas a obtener su renuncia, comenzaron en la campaña electoral y que se usaron causas penales y medios públicos para presionarla a ella y a su familia. Según dijo, colaboradores le hicieron saber que el entonces fiscal Gabriel De Vedia se había reunido con un asesor presidencial, Rodríguez Simón, y el mensaje había sido que si no renunciaba, iría presa.
Pero Garavano afirmó que, tal como había sucedido en el caso de Ana Figueroa, el propio De Vedia había contado a un medio “de afinidad política” con el kirchnerismo los detalles de aquellas supuestas presiones que nutrieron la denuncia, cuando estaban en el poder Alberto Fernández y Cristina Kirchner. Garavano subrayó que ni Gils Carbó ni De Vedia ni los otros colaboradores denunciaron los hechos en ese momento, pese a que era su obligación como funcionarios.
Según recordó, Gils Carbó explicó: “No lo hice por el mismo motivo por el que las víctimas de los delitos de lesa humanidad no denunciaban a los represores… había un aparato estatal organizado contra mí… era De Vedia el que tenía que hacer la denuncia”. “Si había alguien que debía efectuar la denuncia era la Procuradora General de la Nación”, sostuvo Garavano.
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Por último, Garavano también fustigó el uso que se le había dado durante el 2019 a la presentación que había hecho el relator especial para la Independencia de Magistrados y Abogados de la ONU, Diego García Sayán. Según sostuvo, el entonces funcionario solo hizo un pedido de informes a la Argentina sobre la base de una denuncia que recibió de organismos de derechos humanos, pero los denunciantes “deliberadamente afirmaban que el relator indicaba lo que en realidad preguntaba al Estado argentino, con el fin de confundir respecto a la real entidad y alcance del documento”.
“La teoría esbozada en autos por los denunciantes y algunos magistrados, conocida como ‘lawfare’, no solo es un invento inaceptable, sino que es una burla a las instituciones, especialmente el desenvolvimiento del Poder Judicial, cuya actividad se ve desprestigiada injustamente por quienes sostienen esa hipótesis, en el solo interés de resolver sus situaciones procesales por vías indirectas… A esto se suma la gravedad institucional que importa el alcance de lo denunciado, que involucra a distintos funcionarios de la anterior administración, del más alto rango… En función de todo ello, corresponde se haga lugar al planteo efectuado y se dicte auto de sobreseimiento”, afirmó.
La jueza corrió vista a las partes para que opinaran. Tanto las defensas de Pablo Clusellas como de Jorge Triaca acompañaron el pedido y sostuvieron que “la prolongación de la investigación, sin rumbo, implicaba a su criterio una excursión de pesca”.
Para la fiscalía, sin embargo, los argumentos de las defensas eran “meramente valorativos y conjeturales” y había que seguir investigando. Que las conclusiones eran prematuras y había medidas en trámite, y que no podía aceptarse la salida de una falta de acción. “Las aseveraciones de las defensas relativas a que las denuncias y/o testimonios habrían sido articulados con fines políticos podrían constituir una teoría del caso válida como método de defensa, pero no resultaban adecuadas para fundar el remedio procesal intentado, y se apoyaban en circunstancias conjeturales”, afirmó.
La resolución judicial
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Valorado el escenario, la jueza Capuchetti hizo lugar al planteo y dictó los sobreseimientos. Lo primero que advirtió es que “las críticas al Poder Judicial, sean a través de medios públicos o de los sistemas institucionales previstos para la revisión del desempeño de sus integrantes (siempre dando a los magistrados denunciados las garantías del debido proceso y haciendo primar criterios jurídicos en el procedimiento), no pueden ser consideradas una vulneración a la garantía de independencia judicial”.
“Transitada una extensa investigación que insumió más de cuatro años y relevado el itinerario procesal que aquí nos ha traído, la tarea que se impone no es un nuevo repaso de toda la prueba producida, sino en primer lugar, el someter el objeto procesal de estos actuados al tamiz de la tipicidad, a fin de determinar si existe una verdadera sospecha susceptible de encuadre delictivo”, dijo. Para la jueza, las conductas denunciadas “no constituyen delito alguno, ni tampoco las probanzas sugieren una alternativa plausible”.
“La gran amplitud de los límites de esta investigación, y consecuentemente de las vías para acreditar las hipótesis, ha importado una frondosa y diversa actividad probatoria que, inevitablemente, ha desdibujado en ocasiones la frontera del objeto procesal”, dijo la jueza. “Bajo ningún punto puede soslayarse que las presuntas víctimas de las conductas denunciadas son o eran funcionarios públicos, encargados de aplicar el derecho en el reparto de tareas republicano y, en ocasiones, encargados de tareas vinculadas a la administración de justicia penal… La inexistencia de tal asociación ilícita no surge solo de la prueba recolectada (que mal conduce a corroborar una coordinación jerárquica, una distribución de roles y un plan con acuerdo previo y común para cometer delitos indeterminados), sino también de las propias conductas denunciadas”.
No obstante, Capuchetti ordenó extraer testimonios para que otro juez analice las distintas búsquedas que se hicieron sobre algunos de los funcionarios judiciales en bases de datos. El ex policía y supuesto agente inorgánico Ariel Zanchetta, detenido en la causa por el megaespionaje a jueces de Comodoro Py y la Corte Suprema, ya había, por ejemplo, buscado al ex camarista Eduardo Freiler en las bases de SudamericaData, tal como lo reveló el año pasado Infobae.
Con los sobreseimientos firmados, la fiscalía apeló. Hubo que notificar a todos los involucrados porque algunos ni siquiera habían presentado abogados en el expediente. Ahora, la revisión de la causa quedó en manos de la Cámara Federal porteña, para cuando se reanude la actividad habitual en febrero, en los tribunales de Comodoro Py 2002.
Judiciales
Las pruebas contra “El Kope”, el acusado de apuñalar en el corazón a Tomás Tello
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1 año atráson
2 enero, 2024Por
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Damián Kopelian, acusado de ser el autor material del crimen cometido en Santa Teresita, será indagado mañana junto al fiscal del caso. Su padre fue detenido junto a él. Cómo fue la fiesta en Mar del Tuyú que motivó el crimen
Damián Kopelian, de 21 años, acusado de ser el autor de la puñalada en el corazón que le quitó la vida a Tomás Tello Ferreyra, espera en una celda de la Comisaria de Santa Teresita. Será indagado mañana por el fiscal Pablo Gamaleri, a cargo del expediente para esclarecer el caso, acusado del delito de homicidio agravado por premeditación y alevosía, la misma calificación que se le aplicó a los rugbiers condenados por matar a Fernando Báez Sosa.
Hay otros ocho imputados detenidos en el expediente, dos de ellos menores de edad. Entre ellos se encuentra Avedis Kopelian, de 57 años, el padre de Damián, en un rol menor en la trama. Diversos testimonios apuntaron a Avedis, lo ubicaron dentro de la secuencia cercana al muelle de Santa Teresita donde la patota rodeó a Tomás para finalmente matarlo.
En cuanto a Damián, alias “El Kope”, vendedor ambulante de playa, con domicilios previos en la zona sur del Conurbano bonaerense, dos informes de la Policía Bonaerense que fueron elevados ayer a la Justicia y a los que accedió Infobae lo ubicaban como el posible autor material del crimen.
Hoy, fuentes judiciales confirmaron a este medio que el primo de la víctima y su novia señalaron directamente a Kopelian hijo en sus declaraciones, con nombre y apellido del acusado.
La hipótesis principal del fiscal del caso es que el crimen fue motivado por una venganza, tras una discusión ocurrida en una fiesta el mes pasado. La Policía Bonaerense llegó también a nuevos testimonios que permitieron echar más luz sobre este episodio.
Tomás, un albañil que trabajaba extensas jornadas, vivía junto a su abuela en la calle 15 de Mar del Tuyú. El joven realizaba fiestas en una casa lindera, donde ganaba un poco de dinero con la venta de consumiciones, según información policial.
El 23 de diciembre, “realizó una fiesta donde asistieron los imputados, con quienes el resto de los presentes mantuvieron una reyerta, momentos desde el cual los imputados buscaban a la víctima para vengarse”, continúa el reporte.
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Judiciales
Otro revés judicial para Cristina Kirchner en Hotesur: el fiscal rechazó su planteo y pidió que se defienda en un juicio oral
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1 año atráson
17 octubre, 2023Por
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La vice había pedido que se anule la reapertura del caso por lavado con sus empresas.
El mes pasado, la Cámara Federal de Casación Penal ordenó que el caso Hotesur-Los Sauces se reabra. Todos los imputados apelaron esa decisión y pidieron la nulidad del fallo. Cristina Kirchner, la principal acusada, fue de las primeras en hacerlo. Pero este martes, el fiscal ante el máximo tribunal penal, Mario Villar, rechazó todos los recursos y reiteró que todos deberán defenderse en un juicio oral y público.
El 18 de septiembre, con la firma de los jueces Diego Barroetaveña y Daniel Petrone, la Casación ordenó reabrir los casos Hotesur (firma de la familia Kirchner dueña de hoteles) y Los Sauces (dueña de departamentos y cocheras) que se tramitan unificados, lo que obliga a la vicepresidenta junto a su hijo Máximo a afrontar el juicio oral por asociación ilícita, dádivas y lavado de dinero. La única sobreseída en estos expedientes fue Florencia Kirchner.
Con todas las apelaciones presentadas, la Sala I de la Casación federal pidió la opinión del fiscal ante ese tribunal, Mario Villar.
El representante del Ministerio Público Fiscal explicó que no se está discutiendo una sentencia firme, por lo cual no hay margen jurídico para pedir la nulidad de lo resuelto por Petrone y Barroetaveña.
Hay que recordar que Carlos Beraldi, abogado de la vice, argumentó su pedido de nulidad en que los camaristas no tuvieron en cuenta el voto de la exjueza Ana María Figueroa, y que con solo dos jueces la Sala estuvo mal conformada.
La decisión de reabrir los casos se conoció después de que la Corte Suprema ordenó el cese en sus funciones de Figueroa, quien había retrasado la resolución de las causas Hotesur y Pacto con Irán con la demora de su voto.
Sin embargo, luego de la resolución de la Corte y la posterior emisión de la resolución de la Casación Federal en ambos casos, el kirchnerismo logró aprobar en el Senado un nuevo pliego para que Figueroa permanezca cinco años más en su cargo. La exmagistrada aún no se presentó en su viejo despacho, y su regreso efectivo a las funciones es imposible.
Sin embargo, para Beraldi la Sala I quedó “indebidamente constituida” para votar en Hotesur, por la ausencia de Figueroa.
Además, el abogado indicó que la decisión del tribunal contó con una “dilación injustificada” que “ocasiona severos perjuicios al legítimo ejercicio de los derechos de nuestros defendidos”. El retraso al que se refiere fue en realidad causado por la demora con que Figueroa entregó su voto, sobre el filo de su cumpleaños 75.
Frente a esos argumentos se pronunció ahora el fiscal Mario Villar, rechazando todas las apelaciones.
Ahora falta la palabra de los jueces de la Casación para que, finalmente, pueda sortearse el Tribunal que deberá realizar el juicio. En el caso Hotesur-Los Sauces, se ordenó que permanezca integrando el TOF la jueza Adriana Palliotti que desde un comienzo remarcó que el juicio debía hacerse.
En consecuencia, restan sortear dos integrantes más. Esto lo hará la presidencia de la Cámara Federal de Casación Penal, a cargo del juez Mariano Borinsky, una vez que la Sala I responda los recursos presentados por Cristina Kirchner, Máximo Kirchner, Lázaro Báez, Cristóbal López y demás acusados.
Una vez que los jueces Petrone y Barroetaveña se pronuncien -seguramente rechazando las apelaciones al entender al igual que el fiscal Villar, que no se está ante una sentencia firme- los imputados podrán ir en queja hasta la Corte Suprema de Justicia.
De esta manera, por más que se conforme el Tribunal que deberá realizar el juicio, el mismo no podrá iniciar hasta tanto haya un pronunciamiento por parte del máximo tribunal.
Ante ese escenario, el fiscal de juicio Diego Velasco avanzará con una serie de medidas de prueba que son previas al inicio del debate oral: que se concluyan las pericias contables sobre las empresas de los Kirchner, que se incorporen las más de 300 comunicaciones que el fiscal de instrucción, Guillermo Marijuan, detectó en el marco de la Ruta del Dinero K.
También requerirá que se incorporen los mensajes del celular de José López, ex secretario de Obras Públicas, que expuso durante el juicio de Vialidad (donde la vice fue condenada) el fiscal Diego Luciani.
El caso Hotesur-Los Sauces
En estos expedientes, la acusación vincula a Lázaro Báez como una pieza necesaria para “devolver” a los ex presidentes al menos parte del dinero proveniente de los sobreprecios en las obras públicas que sus empresas ganaban en licitaciones cuestionadas en otro expediente -Vialidad- cuyo juicio terminó en diciembre pasado con una dura condena para Cristina, Báez y los demás acusados.
La defensa de la vicepresidenta volvió a señalar que no existieron maniobras de blanqueo. Reiteró que no existen delitos precedentes como requiere toda maniobra de lavado de activos, porque sostienen como tesis principal que el dinero se encontraba bancarizado, y entonces no podía haber una operación “en negro”.
Cristina Kirchner y Máximo Kirchner se encuentran procesados por asociación ilícita y lavado de dinero, mientras que una acusación menor le fue otorgada a Florencia Kirchner durante la instrucción de ambas causas: sólo como partícipe de las maniobras investigadas.
A la vicepresidenta le atribuyeron además el delito de dádivas, por tratarse de un funcionario y un empresario contratista del Estado, con quien mantuvo más de veinte operaciones comerciales durante el período investigado.
Entre los imputados que comparten ambas investigaciones se encuentran Lázaro Báez, Osvaldo Sanfelice, Víctor Manzanares y Romina Mercado (hija de Alicia Kirchner). El empresario Cristóbal López está acusado y enviado a juicio únicamente en el expedientes de Los Sauces, ya que era el inquilino que mayores ingresos garantizó al a firma de los Kirchner.


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El asesino de la ballesta: el hombre que torturó y asesinó a flechazos a su ex novia, su cuñada y su suegra tras una ruptura amorosa